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REGLAMENTO DE INSCRIPCION DE EMPRESAS, ALTAS, BAJAS Y VARIACIONES DE DATOS

El B.O.E. de 27 de febrero publica el Real Decreto 84/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social.

Del contenido del Real Decreto, a grandes rasgos, señalamos lo siguiente:

  • La obligatoriedad de hacer constar la Entidad Gestora o Colaboradora por la que se opta tanto para la protección de contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales como para la cobertura de la prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.

  • El carácter único y general de la afiliación para todos los regímenes que componen el sistema aunque las personas incluidas, por razón de su actividad, cambien de uno a otro régimen.

  • La afiliación se extiende a toda la vida de las personas comprendidas en el campo de la aplicación del sistema.

  • Las solicitudes de alta deberán presentarse por los sujetos obligados con carácter previo al comienzo de la prestación de servicios por el trabajador.

  • Las normas y particularidades de determinados efectos de las bajas de los trabajadores sobre todo en el caso en que no se solicite dicha baja o se formule fuera de plazo.

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